19 abr. 2024

Casi el 30% de información pública dada no satisface

En el marco del Día Internacional del Acceso a la Información Pública, celebrado el pasado lunes, varias organizaciones reconocieron los avances y retrocesos a nivel legislativo e institucional, sin embargo, señalaron la necesidad de mayor participación, cumplimiento y calidad en la información proveída, en especial en el marco de la actual pandemia de Covid-19.

El estudio realizado por el organización Acción Paraguay detalla que de un total de 32.506 solicitudes de acceso a información pública desde la Ley 5282/2014, solamente 24.159 obtuvieron una respuesta, las cuales fueron satisfactorias solo en un 72,3%, mientras que el 27,7% no fueron satisfactorias.

Salud. En el ránking de instituciones con más consultas desde la aprobación de la Ley 5282/2014 figura el Ministerio de Justicia con más consultas debido a que es el ente regulador, pero los números del Ministerio de Salud revelan un amplio crecimiento del número de consultas en este año de la pandemia.

De las 2.029 solicitudes de información pública que recibió el Ministerio de Salud desde el año 2015, un total de 636 son solamente de este año 2020.

Salud figura como la cuarta institución con mayores pedidos de información. El Ministerio de Justicia acumula un total de 2.828 solicitudes, el Ministerio de Hacienda 2.536, el Ministerio de Educación 2.401, y el Ministerio de Obras Públicas 1.010.

En lo que va de este año, la cartera de Salud es la que lidera el ránking de mayor cantidad de pedidos de información pública, seguido de Justicia con 496, Hacienda 492, Educación 295, y Contraloría 221.

Pandemia. El interés por el acceso a información en medio de esta pandemia fue desarrollado el pasado lunes por el relator especial para la libertad de expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), Edison Lanza, en el marco de un encuentro virtual organizado por el Instituto de Derecho y Economía Ambiental (Idea) y la agencia de cooperación norteamericana Usaid.

“Sorpresivamente, algunos gobiernos entendieron que la respuesta del Estado a la pandemia justificaba restringir el derecho a la información pública de diversas maneras, a través del estado de emergencia o resoluciones específicas que se aprobaron sin cumplir con requisitos que la Convención Interamericana de Derechos Humanos establece para restringir derechos en el marco de un estado de excepción”, manifestó el relator de la CIDH.

Como ejemplo, citó el artículo 26 de la Convención, que señala la necesidad de existencia de un estado de emergencia justificado, de gravedad y conmoción, que justifiquen las medidas especiales a adoptar en el marco de restricciones de derechos.

“Los relatores para la libertad de expresión, tanto de OEA, ONU y OSE, coincidimos en una declaración conjunta que hicimos al comienzo de la pandemia, diciendo que no había ninguna justificación para, como respuesta a la pandemia, se restringieran derechos a la libertad de expresión, de prensa y de acceso a la información pública”, dijo.

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