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Contrato cancelado de Petropar muestra abuso de la modalidad de “vía de la excepción”, sin urgencia real

By 4 de diciembre de 2020mayo 5th, 2022No Comments

La herramienta de llamados a licitación “por vía de excepción” es una ventana para los hechos de corrupción y es la modalidad que más atención requiere de parte de la ciudadanía para evitar el malgasto del dinero público. Un ejemplo del abuso de esta herramienta se dio una vez más con Petropar y en esta nota, te contamos los detalles.

Un veloz proceso de contratación directa por vía de la excepción de Petropar para el servicio de envasado de alcohol deja al descubierto cómo entes públicos pueden abusar de la herramienta de “excepción”. La estatal alegó “urgencia impostergable” ante la crisis sanitaria, contrató a una empresa que nada tiene que ver con el rubro, pero tras el cambio de administración y al saltar a la luz otros polémicos contratos que llegaron al ámbito fiscal, cancelaron el citado llamado. Los datos están disponibles para el control ciudadano a través del portal www.rindiendocuentas.gov.py  y www.contrataciones.gov.py, de Contrataciones Públicas. 
La información pública nos muestra que, como si fuera poco el contrato de compra de insumos que hoy está siendo investigado por la Fiscalía por aparente sobrefacturación y otros presuntos hechos punibles -que derivaron en la salida de la anterior presidenta de la estatal, Patricia Samudio, en abril pasado-, se suma otro caso en la misma institución.
Nota de pedido enviada a Patricia Samudio para la compra de alcohol por “urgencia impostergable”.
A través de la Nota Interna N° 29/2020, de fecha 16 de marzo, la Gerencia de Seguridad Industrial, Salud Ocupacional y Medio Ambiente de Petropar solicitó a la entonces presidenta, Patricia Samudio, una contratación vía excepción por “urgencia impostergable” para el servicio de envasado de alcohol. “Dicho servicio de envasado es necesario para la distribución de alcohol al 70% producido por Petropar”, se explica en el escrito, que insiste con el mismo argumento de la urgente necesidad, añadiendo: “Solicito se arbitren los mecanismos necesarios a fin de gestionar el servicio de envasado de alcohol al 70%, en el menor tiempo, considerando la extrema urgencia de contar con el servicio mencionado para la entrega del alcohol al 70% en envases de fácil transportación y manejo, que será utilizado para mitigar el contagio por el virus covid-19”.
La ciudadanía puede tener acceso a este documento y todos los demás de este llamado, ingresando a www.contrataciones.gov.py y yendo hasta el “buscador de licitaciones”. En este apartado, en la casilla de convocante, se debe escribir “Petropar” y elegir la opción que allí indica. Luego, en la casilla Tipo de procedimiento, se debe elegir la opción “Contratación por Excepción (CE)” y dar click en “buscar”. La web muestra en ese momento el listado de todos los llamados de la estatal en esa modalidad y se puede llegar hasta este llamado de servicio de envasado de alcohol, que lleva el título “Adquisición de Productos por Emergencia Sanitaria”.
Dando un click en el botón “Archivo CSV”, que se muestra en la parte de abajo de la página, el ciudadano puede acceder a un archivo en excel, con el listado de todos los llamados que hizo Petropar en esta modalidad de Contratación por Excepción. Así, se observa que este no es el único procedimiento que llevó a cabo por esta vía, sino que en total,de enero a octubre, la petrolera del Estado hizo siete procedimientos por supuesta “urgencia impostergable”, para adquirir los productos de salud pero también combustibles y hasta para contratar un estudio jurídico y a un servicio de seguro. 
Pero, entremos en los detalles del llamado “urgente” del servicio de envasado, en este año de emergencia sanitaria.
Un proceso a toda velocidad
El proceso fue tan veloz que el 17 de marzo, Patricia Samudio firmó la resolución N° 185/20 por la cual aprobaron la excepcionalidad del proceso con ID 382.101 (también se puede buscar este llamado específico en el buscador de licitaciones, introduciendo este número de ID en la casilla  de “ID/Nombre de la Licitación”). Ese mismo día, el 17 de marzo, la estatal invitó a una sola empresa para participar del llamado, siempre amparándose en la “imperiosa urgencia”, y así recurrió a una firma unipersonal sin ningún vínculo con el rubro de alcohol. Se trata de la empresa Inflight Catering, del sector gastronomía y eventos, de Nora Viviana Fuentes.
El 18 de marzo, la citada compañía se presentó a la apertura de sobres como única oferente, para prestar el servicio de referencia y al día siguiente, el 19, Petropar ya emitía la resolución de adjudicación N° 192/20.
El mismo día de la adjudicación, Petropar firmó contrato con Inflight Catering, por G. 24 millones, y al día siguiente, el 20, la estatal ya estaba comunicando a la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP) sobre este proceso, llevado a cabo bajo la modalidad de difusión posterior, es decir, la convocante firma contrato y recién después levanta los datos en el portal de la DNCP. Eso significa que a la ciudadanía le costará más tener acceso a los datos públicos, pues no puede saber con anticipación qué llamado a contratación está llevando el ente público, sino que recién lo sabrá una vez que los hechos ya hayan sido consumados.
Este sistema también atenta contra la libre participación de empresas que estén dispuestas a ofrecer el mismo servicio al Estado. En este llamado de Petropar, por ejemplo, como hubo una sola invitada y, por lo tanto, una sola oferente, otras empresas no tuvieron la oportunidad siquiera de presentar sus ofertas potenciales.

Un aspecto resaltante: La garantía de fiel cumplimiento de contrato no fue una póliza contratada de una empresa aseguradora, sino apenas una declaración jurada de Inflight Catering a través de la cual se comprometía a cumplir. De acuerdo con los datos, esto no está previsto en el artículo 39° de la ley 2051/03 de Contrataciones Públicas sobre las “garantías”, sino que se introdujo la posibilidad a través de un reciente decreto, firmado por el presidente Mario Abdo Benítez. Según informes de dicha institución, se trata del decreto 2.992/19, que permite omitir la exigencia de póliza de una aseguradora en las contrataciones directas. Así que la citada compañía de catering se benefició de este permiso otorgado por el actual Gobierno.
Pero posiblemente lo más llamativo de todo el proceso es el desenlace de la historia. Resultó que después de tanta “urgencia” y tanto apuro, justo tras el escándalo de compras de insumos por parte de Petropar (mascarillas, agua tónica, etc.) que derivó en la salida de Patricia Samudio el 23 de abril y en importantes investigaciones del Ministerio Público, la estatal encontró que ya no era urgente el servicio, ni tampoco necesario.
¿Qué pasó con la supuesta “urgencia impostergable”?


El 18 de mayo, la misma Gerencia de Seguridad Industrial, Salud Ocupacional y Medio Ambiente de la petrolera del Estado, que dos meses antes hablaba de la necesidad del servicio, comunicaba por nota interna la solicitud de terminar por mutuo acuerdo el contrato firmado con Inflight Catering. Aunque esto ya fue en la nueva administración, de Denis Lichy, quien había asumido semanas antes, el 27 de abril.
Pasó un mes y el 27 de mayo, Lichy firmó la resolución N° 50/20 de rescisión contractual de común acuerdo y la petrolera del Estado informó a la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP) sobre esa decisión. 
Es decir, en el escenario de incertidumbre y cambio administrativo, a un mes de la salida de Samudio, quien había gestionado el envasado de alcohol con la empresa de eventos, deciden en la empresa pública dar por concluido el proceso, aparentemente sin haber efectuado pago alguno, aunque también sin haber tenido provisión del servicio. En los documentos de la DNCP no se explica suficientemente si hubo incumplimiento de la proveedora o si fue iniciativa unilateral de la convocante dar por concluido el contrato, pero todos los datos indican que aparentemente jamás hubo la urgencia real y el registro de los hechos es de libre acceso ciudadano, para quien quiera cotejar todos estos datos.
Ante este llamativo proceso, surgen preguntas como: ¿De dónde sacó Petropar el contacto de Inflight Catering para que le provea alcohol? ¿Por qué la empresa del Estado contactó únicamente con esta compañía y no con otras dedicadas al rubro de alcohol o afines? Estas y otras consultas derivamos a la estatal, pero desde la Dirección de Comunicación, se limitaron a señalarnos que todos los documentos se encuentran disponibles en la web de la DNCP. Felipe Oddone, director de comunicación de la petrolera, se excusó de dar más detalles, argumentando que “las personas que llevaron adelante los procesos ya no están en los cargos correspondientes”. Solamente confirmó que la estatal no llegó a efectuar pago alguno a la contratista, pues el contrato quedó sin efecto.
Si un ciudadano o ciudadana quiere pedir explicaciones a Petropar o a otra institución pública, sobre cualquier llamado realizado o sobre un dato público de interés, puede hacerlo a través de una solicitud de Acceso a la Información Pública. Ingresando a www.informacionpublica.paraguay.gov.py, el ciudadano debe dar un click en el botón “solicitar información” y completar los datos que allí se le requiere. El ente público tiene 15 días para responder la solicitud, según la ley 5.282 de Acceso a la Información Pública. 
Numerosos contratos en el Gobierno actual
De acuerdo con los datos de Contrataciones Públicas, también disponibles para el control ciudadano, la citada compañía está registrada como proveedora del Estado en las siguientes categorías: Adquisición y locación de inmuebles, alquiler de muebles; servicios de ceremonial, gastronómico y funerarios; productos alimenticios. Comenzó a trabajar con el Estado en 2016 pero la mayor cantidad de contratos se le adjudicó en el Gobierno actual, de Mario Abdo Benítez (7 en la última etapa de Horacio Cartes, 29 con Mario Abdo). Tiene un monto de adjudicación con el Estado de G. 32.162 millones hasta inicios de julio. Su última adjudicación fue la de Petropar. Quien desee saber los contratos de cualquier empresa con el Estado, puede encontrar el listado completo ingresando a www.contrataciones.gov.py, al área del buscador de proveedores del Estado y escribiendo el nombre de la empresa en cuestión.
En el proceso de la petrolera del Estado, firmó contrato Lucía Martínez Ponce (6.549.477), una joven de 24 años, como apoderada de Nora Viviana Fuentes. 
Nos comunicamos con la empresa Inflight para tener su versión y nos atendió Lucía Martínez, la misma que había firmado el contrato con la petrolera estatal. Dijo que se pondría en contacto con Nora Viviana Fuentes y nos daría el retorno por vía telefónica.
En el mismo día, en horas de la tarde, nos devolvió la llamada José Basualdo, referente de la empresa. Al consultársele sobre el proceso de contrato y por qué luego de alegar “urgencia” decidieron darlo por terminado, respondió que todo está en el portal de la DNCP (www.contrataciones.gov.py).
Luego, dijo que la empresa recibió la invitación de Petropar para participar del llamado y que la aceptaron y que después, la convocante le informó sobre dejar sin efecto el contrato, lo cual no tuvo reparos por parte de la contratada. “Nos enviaron la cancelación y nosotros no tuvimos problemas”, dijo.
Una invitación “sin explicación”
Le preguntamos a Basualdo por qué Petropar envió una invitación para participar del llamado a contratación directa vía excepción para envasar alcohol a una empresa que se dedica al rubro gastronómico y exclusivamente a la compañía que representa. Respondió: “No tengo la menor idea. Nosotros recibimos la invitación, vemos y si tenemos posibilidad, la tomamos”.
No obstante, todos los documentos de libre acceso público y los detalles de cómo sucedieron los hechos indican el manejo discrecional de los fondos de emergencia por parte de la empresa del Estado. Sobre todo, muestran cómo desde los entes públicos cometen aparentes transgresiones al espíritu de la ley 6524/20 de Emergencia que en su capítulo IV habla de la transparencia, así como la ley 2051/03 de Contrataciones Públicas, que en el Artículo 4° hace referencia a los principios de “Economía y Eficiencia”, “Igualdad y Libre Competencia” y “Transparencia y Publicidad”.
 Además de los portales de Contrataciones Públicas y Acceso a la Información Pública, otra fuente de consulta ciudadana es la nueva web www.controlciudadanopy.org. Allí se pueden encontrar datos de: Uso de los fondos de emergencia por parte de las instituciones del Estado, nombre de las empresas privadas contratadas y si estas tuvieron sanciones, montos de los contratos, también otras informaciones de interés, como declaraciones juradas de las autoridades públicas, autoridades electas, entre otros.